La dignidad humana en el paradigma restaurativo.

 

El pasado 17 de febrero tuve el placer de impartir el taller de Prácticas Restaurativas en en el Colegio de Abogados de Valencia, dentro del marco formativo del Experto en mediación y gestión de conflictos que este Colegio profesional viene realizando exitosamente en colaboración con la Universidad CEU Cardenal Herrera.

En una clara apuesta por dotar a estos profesionales de la preparación más completa para afrontar los retos que se avecinan, en esta edición, además de insistir en las materias clásicas, se ha introducido este taller de Prácticas Restaurativas, como un complemento imprescindible para intervenir en conflictos cada vez más diversos y complejos, no solo en materia penal o penitenciaria, sino también en ámbitos tan distintos como los interculturales, organizacionales, comunitarios, escolares…
 
No se daban las mejores condiciones para este tipo de taller, sin embargo fui completamente decidida a aprovechar al máximo el espacio y fue una tarde intensa con gran participación de los asistentes, tanto presencial, como virtualmente, en la que profundizamos en los supuestos sobre los que se asienta lo que llamo el paradigma restaurativo  sin cuya asimilación no es posible imaginar, y mucho menos desplegar y aprovechar las enormes posibilidades de reintegración personal, de sanación de las heridas que no se ven, de mejora de las relaciones personales y de transformación cultural y social que este nuevo paradigma trae aparejadas.

Uno de los supuestos que a mí me parece más nuclear en el paradigma restaurativo es el tratamiento de la incuestionable dignidad de toda persona humana, sin excepción ni mengua alguna por cualquier condición de su ser, ni por el juicio que nos merezca su obrar .

Así, la dignidad humana es el derecho que tiene cada ser humano, de ser respetado y valorado como ser individual y social, con sus características y condiciones particulares, por el solo hecho de ser persona. Así se recoge ene el artículo 1 de la Declaración de derechos humanos.

Pero ¿ por qué la considero tan central en este contexto?. Se comprenderá mejor aquello a lo que me refiero si nos detenemos un momento en la diferencia entre la dignidad ontológica y dignidad moral de cualquier individuo, dos categorías que operan en dos niveles muy distintos que, sin embargo, muchas veces vienen confundidas generando un sinfín de malentendidos y un tremendo daño.

Veamos a qué me refiero: 

La dignidad ontológica viene referida al ser. La dignidad de la persona humana, desde este punto de vista, radica en su ser y significa que cualquier ser humano es merecedor de respeto y consideración, por el mero hecho de serlo. Y esta es una declaración de carácter absoluto.

La dignidad moral, por contra, tienen su arraigo en el obrar. Viene referida a la dimensión ética y se refiere a la naturaleza de las actos que efectúa cada individuo. Hay actos que dignifican al ser humano, mientras que hay
actos que no. Incluso algunos de estos actos, por su gravedad o los intereses a los que afectan, pueden ser merecedores de un reproche moral y/o penal. Pero ni el más reprobable de los actos es capaz de afectar a una persona en su dignidad consustancial. 

Operar en este paradigma supone entrenar firmemente la mirada a fin de no perder nunca el contacto con la naturaleza esencial de cada ser humano, de manera que, por más graves que hayan sido sus equivocaciones, nunca nos refiramos a ella como una mala persona, sino como una buena persona, -dado que todas los son-, que realizó un mal acto. Quiero aclarar, -aunque tampoco me extenderé en ello ahora-, que esta mirada más humana no implica en absoluto condescendencia, ausencia de responsabilidad, ni impunidad por los propios actos, sino que mantiene, por contra, un alta exigencia en los estándares de comportamiento y disciplina, sin juzgar nunca a la persona, ni confundirla con sus más o menos aceptables resultados.

Hay seres que por la manera en que se conducen, por su participación en el seno de las comunidades a las que pertenecen o su contribución a la sociedad, se hacen acreedores de una dignidad moral, mientras que los hay que, por su forma de vivir, son indignos desde un punto de vista moral. Sin embargo, todo individuo, por el mero hecho de ser persona, y más allá de su obrar,  tiene dignidad ontológica.

Nos ayudará observar la pirámide de niveles neurológicos desarrollada por Robert Dilts, -experto de nivel internacional de Programación Neurolingüística-, para evidenciar que en toda experiencia humana coexisten multitud de dimensiones, tanto conscientes como inconscientes. Dilts estableció una jerarquía entre ellas en orden a su profundidad e influencia.  El desarrollo de estos niveles excede en mucho el objeto de este post, pero a menudo me refiero a ellos pues ilustran con mucha claridad la distinción entre conductas e identidad y los graves riesgos de confundirlas. 

No es lo mismo beber una copa que ser un bebedor; cometer un acto imprudente que ser una mala persona; cometer un acto ilícito y reprobable, que ser un delincuente… Vemos que es muy distinto el nivel de las puras acciones o/y omisiones, del nivel de identidad, del sentido profundo de uno mismo y quién soy yo para los demás.

Quiero finalizar este post agradeciendo esta esta nueva oportunidad de seguir contribuyendo a la formación de nuevos profesionales de la mediación.

Mi reconocimiento a la dirección y coordinación del programa por su calidad y mi felicitación a esta nueva remesa de abogados inquietos que vienen a incrementar las filas de la vanguardia en la Gestión constructiva del conflicto.

La pacificación de los conflictos es hoy, si cabe, más necesaria que nunca. Y los abogados tenemos un papel crucial al respecto. ¿Te sumas a pacificar?.

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Inmaculada Gabaldón Gabaldón

Abogada. Mediadora. Formadora

Coach Ontológica y Generativa. Trainer y Coach PNL

Instructora y facilitadora de Prácticas Restaurativas.

Directora de Espacio CONFLUERE

 

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2 ideas sobre “La dignidad humana en el paradigma restaurativo.”