Entrevista a Inmaculada Gabaldón sobre Justicia Restaurativa

El pasado 15 de abril estuve en el Centro de Mediación del Colegio de Abogados de Valencia, convocada por su Directora, Ana Mir Alós, al objeto de ser entrevistada por el Magistrado del Departamento de Medellín (Colombia). Leonardo Efraín Cerón, en el marco de una investigación académica que está llevando a cabo en la Universidad de Valencia, a fin de poder contrastar criterios e inquietudes respecto a la Justicia Restaurativa en su país y en el nuestro, y, en particular, en la Comunidad Valenciana.

  Siendo un tema tan amplio y, al propio tiempo de tan gran calado, mantuvimos una larga y rica conversación en la que tratamos cuestiones como algunos fundamentos del enfoque restaurativo, los indudables beneficios de su implementación tanto para las partes involucradas, –víctima y ofensor-, y, en su caso, la Comunidad; como para el propio sistema de justicia; cuán receptivos parecen estar los distintos operadores jurídicos (jueces, fiscales, abogados…) respecto a su implementación concreta en los asuntos de que se ocupan y si se percibe cierto cambio de actitud en el sector jurídico; cuánto se evidencia en algunos abogados la reticencia a acudir a procesos restaurativos por el temor a que interfiera en la estrategia de defensa de sus clientes; qué obstáculos puede encontrarse la implementación de estos procesos en nuestro ordenamiento penal, teniendo en cuenta que se rige por el principio acusatorio; cuál es mi parecer respecto a la posible afección de un derecho tan fundamental como el de presunción de inocencia, dada la necesidad del previo reconocimiento de los hechos, antes de iniciar un proceso restaurativo; qué impacto puede tener la expresa introducción de la justicia restaurativa en la LO 1/25 de 2 de enero de Medidas de eficiencia procesal del Servicio Público de Justicia… 

La conversación daba para escribir un libro, desde luego, y el Magistrado Cerón también se interesó también por la postura general, -y la mía en particular, que, debo decir, no es la más generalizada-, respecto a la posibilidad de implementar procesos restaurativos en temas tan sensibles como la Violencia de género. Hace varios años ya tuve la oportunidad de pronunciarme al respecto al ser invitada al tratar este tema en mi intervención en la I Cumbre Iberoamericana y III Convención Americana de Justicia Restaurativa: «Prevención de violencia contra la mujer, violencia de género y protección de poblaciones vulnerables» en la me referí al paradigma restaurativo en el a´mbito de la responsabilidad penal del meno y en el de la violencia de género.

Dejo a continuación el enlace a todo el acto, concretando que mi intervención sobre este tema particular es a partir de 3:31:00. Confío contribuya para aclarar sobre este tema en el aún hay una gran confusión. Cumbre iberoamericana de Justicia Restaurativa AMJUR 

Sabemos que el nuevo marco normativo introducido por la LO 1/25 de 2 de enero de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia. Profundicemos y aprovechemos esta nueva oportunidad que  nos brinda esta Ley Orgánica al regular expresamente, -si bien de forma aún muy genérica, que requerirá nuevos desarrollos-,   la Justicia Restaurativa en su artículo 20 (Disposición Adicional Novena. Justicia Restaurativa).

Qué gran satisfacción profundizar en todas estas nuevas miradas y comprobar que el movimiento innovador jurídico, va mucho más allá de nuestras fronteras. Gracias al Magistrado Leonardo Efraín Cerón, por esta rica conversación y a Ana Mir Alós por la convocatoria y por generar el espacio.

Con satisfacción puedo decir que desde el ICAV y desde el propio CMMICAV existe esta conciencia des hace años y se ofrece el estudio de la Justicia y Prácticas Restaurativas en el Experto en Mediación y gestión de conflictos, en cuyo cursado tengo el gusto de participar desde su primera edición.

¡Sigamos de la mano para aprovechar el potencial transformador de todo este cambio paradigmático que, pese a sus lagunas y sus sombras, nos ofrece este nuevo marco legal!.

 

    Inmaculada Gabaldón Gabaldón en el Centro de Mediación de Iltre. Colegio de Abogados de Valencia, con su directora Ana Mir Alós, y el Magistrado de la provincia de Medellín (Colombia) Leonardo Efraín Cerón.

 

 

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Inmaculada Gabaldón Gabaldón

Abogada. Mediadora. Formadora. Coord. parentalidad

Instructora y facilitadora de Prácticas Restaurativas.

Coach Ontológica Senior. Coach Generativa. Coach Transpersonal.

Trainer y Coach PNL. Experta en Mindfulness. Prof. Danza Primal.

Directora académica de Escuela CONFLUERE

Directora de Espacio confluère

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